¿Cuál es el calendario de aplicación del Reglamento de IA (EU AI Act)?

El Reglamento de IA de la UE (Reglamento (UE) 2024/1689) entró en vigor el 1 de agosto de 2024 y sus disposiciones se aplican por fases hasta 2027 conforme al artículo 113. Hitos clave: prohibiciones el 2 de febrero de 2025, obligaciones para la IA de uso general el 2 de agosto de 2025, aplicación general el 2 de agosto de 2026 y sistemas de alto riesgo del anexo I el 2 de agosto de 2027.

El Reglamento de IA de la UE (Reglamento (UE) 2024/1689) entró en vigor el 1 de agosto de 2024, veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El artículo 113 del reglamento establece una aplicación por fases a lo largo de varios hitos.

Dos hitos ya han pasado. 2 de febrero de 2025: comenzaron a aplicarse las prohibiciones del capítulo II (artículo 5), relativas a las prácticas de IA de riesgo inaceptable. 2 de agosto de 2025: comenzaron a aplicarse las obligaciones para los modelos de IA de uso general (capítulo V) y varios otros capítulos enumerados en el artículo 113, letra b).

2 de agosto de 2026: aplicación general del reglamento conforme al artículo 113. Esto incluye las obligaciones para los sistemas de IA de alto riesgo enumerados en el anexo III (contratación, calificación crediticia, acceso a servicios esenciales, aplicación de la ley y otros), los artículos 9 a 15 y las obligaciones asociadas para proveedores y responsables del despliegue.

2 de agosto de 2027: aplicación del artículo 6, apartado 1, y sus obligaciones asociadas, es decir, los sistemas de IA de alto riesgo integrados en productos cubiertos por la legislación de armonización de la UE (anexo I). Para las empresas suizas, el Reglamento de IA de la UE se aplica en cuanto introducen un sistema de IA en el mercado de la UE, o cuando el resultado del sistema se utiliza en la UE.

Related Information

  • Entrada en vigor: 1 de agosto de 2024 (artículo 113)
  • Prohibiciones (artículo 5): 2 de febrero de 2025
  • Obligaciones de IA de uso general (capítulo V): 2 de agosto de 2025
  • Aplicación general (alto riesgo del anexo III): 2 de agosto de 2026
  • Alto riesgo del anexo I: 2 de agosto de 2027
  • Referencia oficial: artículo 113, Reglamento (UE) 2024/1689

Expert Insight

Ancle su hoja de ruta al 2 de agosto de 2026: es cuando empiezan a aplicarse las obligaciones de alto riesgo que la mayoría de las organizaciones notarán, de modo que el trabajo de inventario y clasificación debería estar terminándose, no comenzando, en esa fecha.

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